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Observatorio para la CiberSociedad
Espacio para la reflexión, el análisis y el debate sobre
el ciberespacio desde las ciencias humanas y sociales
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Software libre y regulación

Por: Javier Villate


Para citar este artículo: Villate, Javier, 2001, "Software libre y regulación". Disponible en el ARCHIVO del Observatorio para la CiberSociedad en http://www.cibersociedad.net/archivo/articulo.php?art=39




INTRODUCCIÓN / RESUMEN

De todos los derechos que los ciudadanos de cualquier país deben tener asegurados y protegidos en internet, el derecho a la libre expresión y el derecho a la intimidad y la privacidad personales son los más fundamentales. Si la libertad de expresión y la privacidad no estuvieran garantizadas en el ciberespacio, podríamos decir rotundamente que hemos fracasado.

En este texto me ocuparé de la libertad de expresión y haré lo propio con la protección de la privacidad en un trabajo posterior.


   
Código y regulación

En el documento base se explica cómo la conducta humana es regulada, tanto en internet como fuera de ella, por cuatro ``reguladores'': las leyes, las normas, el mercado y la arquitectura.

En internet, la arquitectura ha pasado a ser el regulador más importante de todos. Arquitectura, código, software (y hardware) y tecnología son términos casi sinónimos.

   
El código es la constitución del ciberespacio

Es importante, de todas formas, retener que los cuatro ``reguladores'' actúan de forma conjunta mediante relaciones diversas que deberemos examinar en cada caso. Pero es igualmente importante comprender que cada uno de estos reguladores regula la conducta humana en el ciberespacio de forma diferente. Ya nos ocuparemos de ello en otro momento.

Lo que ahora me interesa destacar es que, como ha explicado Lawrence Lessig en su libro1, el conjunto de estándares y protocolos, el software básico de internet es lo que constituye el ciberespacio.

La característica de las interacciones en el ciberespacio es que se realizan con la mediación del código. Más aún, el código hace posibles esas interacciones. Por eso dice Lessig que ``el código constituye el ciberespacio'', que es la Constitución del ciberespacio. Porque, al tiempo que el código hace posibles esas interacciones, establece cómo deben desarrollarse en la práctica, crea límites y posibilidades, establece condiciones y determina la forma en que se desarrollan las interacciones entre los internautas. Es decir, establece cómo los internautas deben interactuar entre sí.

A partir de aquí se abren una gran cantidad de interesantes cuestiones sobre las libertades de los internautas y sus derechos, sobre las restricciones y las posibilidades incorporadas en el código, cómo se protegen los derechos y los privilegios, sobre quién regula el ciberespacio y cómo lo hace, sobre cómo se ejerce el control en la red, etc.

   
Internet no tiene una esencia inmutable

Implícito en la concepción de Lessig sobre la regulación está la tesis de que internet no tiene una esencia o naturaleza inmutable. La red puede cambiar tanto como cambia el código que la constituye. De hecho, la red está cambiando. A nadie se le escapa que la internet de hoy tiene importantes diferencias con la de los pioneros.

Esta es una tesis que polemiza,.de hecho, con la afirmación ciberlibertaria sobre la naturaleza inherentemente libre de internet y sobre la imposibilidad de censurarla e, incluso, de regularla. La apoteosis de esta concepción ha estado bien representada por la conocida Declaración de independencia del ciberespacio. Existe también traducción en español.

   
Los problemas de la regulación por el código

Internet está cambiando ante nuestros propios ojos. Está en marcha un acelerado proceso de comercialización de la red. Pero debemos mirar más allá de la superficie.

En los primeros tiempos de internet, el código de la red era básicamente libre y estaba desarrollado por programadores individuales, inscritos o no en instituciones académicas o, incluso, en laboratorios de empresas comerciales. Entonces, el código fuente de los programas de software era, en su mayoría, abierto. Todo el mundo podía examinarlo y, además, realizar aportaciones y modificaciones al mismo.

Sin embargo, a partir de los años 90, se ha venido produciendo un cambio de gran trascendencia: el código de muchas aplicaciones de internet comienza a ser desarrollado por compañías comerciales, como Microsoft y otras. Los estándares y protocolos de la red y del intercambio de información en ella, que habían sido básicamente abiertos y libres, comienzan a ser ``propietarios'', es decir, cerrados o secretos y privados, propiedad intelectual de compañías privadas.

Esto ha tenido dos consecuencias principales:

  • El gobierno puede utilizar más fácilmente el código cerrado y privado para sus propios fines reguladores, ya que es más fácil ``domesticar'' a un puñado de grandes compañías comerciales --con las que, además, puede tener convergencia de intereses-- que a una miríada dispersa y multitudinaria --amén de reacia al intervencionismo gubernamental-- de programadores.
  • Al ser el código cerrado y estar protegido por las leyes de la propiedad intelectual, resulta muy difícil someterlo a escrutinio público.

Debemos detenernos un instante en este último punto, porque su importancia es trascendental.

Tenemos, pues, un ``regulador'' de la conducta social que no puede ser sometido a crítica y comentarios públicos, no puede ser públicamente debatido, lo cual es, en sí mismo, algo que cuestiona nuestros principios sobre la regulación de nuestras sociedades. La tradición liberal y democrática ha considerado como una conquista civilizatoria irrenunciable el sometimiento a crítica y debate públicos toda norma reguladora de la conducta de los ciudadanos. Una ley que fuera promulgada sin un proceso público de deliberación no pasaría la prueba de la legitimidad democrática. Si el código es la ``ley'' del ciberespacio --una afirmación que deberíamos matizar--, no debería escapar a una cierta forma de deliberación y legitimación pública. Toda regulación de la conducta de los ciudadanos debe estar sujeta a dos principios: transparencia y escrutinio público.

   
El código y los valores

Lessig expone en su libro varios ejemplos que muestran cómo una determinada arquitectura informática incorpora ciertos valores. Una arquitectura puede favorecer ciertas libertades o restringirlas, puede favorecer el anonimato o impedirlo, puede permitir cierto tipo de controles por parte de niveles jerárquicos superiores en la estructura de la red o dificultarlos, etc. En este sentido, es evidente que la tecnología no es neutral en valores2.

Si el código es el regulador más importante de internet y si, además, incorpora valores que determinan las interacciones sociales a través de dicho código, deberíamos ser los ciudadanos quienes decidiéramos bajo qué valores queremos que se regule nuestra conducta social. Con otras palabras, los ciudadanos deberíamos tener algún tipo de poder para determinar qué valores deben ser incorporados por la arquitectura del ciberespacio, que es tanto como decir qué tipo de sociedad queremos construir en la era de la información.

   
Software libre y control de la tecnología

Ahora espero que podamos comprender la importancia del software libre. Su importancia es la de una constitución del ciberespacio transparente, sometida al escrutinio público y no controlada por grandes compañías comerciales privadas.

Cualquier ciudadano puede acceder libremente al código fuente del software libre, examinarlo, modificarlo, copiarlo y distribuirlo libremente, siempre y cuando lo haga sin alterar ninguna de estas libertades. Se trata de un conjunto de libertades individuales que permiten el control ciudadano de la tecnología informática. Permiten un debate abierto y público sobre los valores que incorporan los estándares y protocolos de software. Permite, en cierta forma, el autogobierno.

   
Dos tendencias

Existen dos tendencias dentro de este movimiento en pro de un software libre. Por un lado, está el movimiento del software libre propiamente dicho, liderado por la Free Software Foundation (FSF). Por otro lado, está el movimiento de fuente abierta, liderado por la Open Source Initiative (OSI).

No es este el lugar para hacer una historia de ambas tendencias. El movimiento de software libre tiene como su máximo representante a Richard Stallman, creador de GNU, de la FSF y de la Licencia General Pública (GPL). De alguna forma, es el último responsable de la existencia del sistema operativo GNU/Linux. Su filosofía se sustenta en la afirmación de aquellas libertades de acceso, copia, modificación y distribución del código informático bajo las condiciones de la GPL. Esta licencia fue un ingenioso invento de Stallman que consigue garantizar, mediante una hábil utilización de la ley de copyright, la perpetuación del software libre, impidiendo su conversión en código cerrado y privado.

Por el contrario, la OSI, cuyo máximo representante es Eric Raymond, ha adoptado una posición menos intransigente, permitiendo que el código fuente sea copiado, modificado y distribuido en cualquier forma, sin restricciones de ningún tipo, lo cual deja la puerta abierta para su conversión en software ``propietario''.

Es muy importante que los alumnos estudien los textos producidos por ambas tendencias, acudiendo a los respectivos sitios web.

   
Los valores del software propietario

Ya hemos dicho que el diseño de la arquitectura o del software incorpora siempre ciertos valores. Hablando en términos generales, el modelo de software de código fuente cerrado y privado incorpora unos valores, mientras que el software libre incorpora otros valores diferentes. La elección entre unos y otros no puede ser, pues, algo neutral o meramente técnico.

El software de código fuente cerrado y privado --también llamado software propietario-- supone que el usuario del mismo no puede, sin permiso de su propietario, acceder al código fuente, copiar, modificar o distribuir el programa. Cuando un usuario compra un paquete de software propietario no está comprando el producto, sino adquiriendo derechos de uso bajo condiciones muy restrictivas. Con otras palabras, el propietario del software dicta y establece lo que el usuario puede y no puede hacer con el programa informático. Él establece la ``ley''.

¿Qué opinaríamos si la empresa que ha editado el libro que acabamos de comprar nos impusiera legalmente que no podemos venderlo ni regalarlo a quien nos plazca? ¿Qué nos parecería que la Renault, por ejemplo, nos dijera que no podemos vender o transferir nuestro coche recién comprado? ¿Por qué esos derechos legalmente reconocidos no están en vigor cuando tratamos de los programas informáticos?

Una cuestión que merecería un examen particular es el tipo de contratos por los que se adquieren, generalmente, los paquetes de software. En Estados Unidos, está en discusión una ley que regula la compraventa de software y que puede afectar a los usuarios de todo el mundo3. Baste decir aquí que los contratos que firmamos cuando adquirimos un paquete de software propietario no son negociables y que, cuando compramos el producto, nos estamos comprometiendo legalmente a aceptar las condiciones de uso establecidas unilateralmente por el vendedor.

Con otras palabras, el modelo de software propietario otorga al propietario del software el poder de dictaminar unilateralmente las condiciones de uso del producto que el consumidor ha comprado. Y esas condiciones suelen ser muy restrictivas. No podemos ver las ``tripas'' del programa informático. No podemos saber lo que hace realmente el programa cuando lo ejecutamos, ignoramos cuáles son las operaciones que lleva a cabo. En consecuencia, no podemos modificarlo para adaptarlo mejor a nuestras necesidades. No podemos hacer copias del mismo, sea para darle una a nuestro/a amigo/a, sea para instalarla en otro ordenador nuestro. Por supuesto, no podemos distribuir copias del mismo. Estos son los valores incorporados en el software propietario. Podemos estar de acuerdo con ellos o no, pero esos son los valores.

Esto tiene múltiples consecuencias, pero no podemos abordarlas aquí todas. El software de código fuente cerrado y privado facilita, por ejemplo, la mala calidad de los programas informáticos, tan solo contrarrestada por el intenso trabajo de cientos de programadores a las órdenes de la empresa. Los productos de Microsoft, por ejemplo, han adquirido una bien ganada fama de vulnerabilidad e inseguridad. Sus fallos de seguridad sirven para escribir una historia interminable. Esos fallos se traducen en serios riesgos para la privacidad y para la contaminación de virus. Veremos más adelante cómo el software libre ofrece un mejor modelo para desarrollar programas informáticos más seguros y robustos.

En septiembre de 1999, un experto en criptografía afirmó que los sistemas operativos de Microsoft incluían una ``puerta trasera'' que permitía a la Agencia Nacional de Seguridad de Estados Unidos (NSA) --la agencia de espionaje más poderosa del mundo-- entrar en los sistemas informáticos. Andrew Fernandes, jefe científico de Cryptonym, una empresa canadiense de software de seguridad, dijo que ``la NSA puede cargar [los servicios criptográficos] en tu máquina y sin tu autorización''. Para apoyar su afirmación, Fernandes desveló la existencia de una clave denominada NSAKEY en Windows 95, 98, NT y 2000. John Gilmore, uno de los fundadores de la Electronic Frontier Foundation, consideró que el asunto no estaba nada claro: ``Esta clave fue parte del quid pro quo que la NSA resumió para emitir la licencia de exportación'' de Windows. El asunto nunca se esclareció y las sospechas quedaron ahí.

No ha sido esta la única ocasión en la que se ha denunciado la existencia de claves y números de identificación secretos en aplicaciones de software de Microsoft. También su procesador de textos Word fue objeto de críticas por incluir un número de identificación en los documentos creados con él, lo cual permitiría identificar el ordenador en el que se habían escrito los documentos.

Lo lamentable es que no ha habido forma de verificar fehacientemente la veracidad de estas denuncias. La razón última debería ser evidente para quienes hayan seguido hasta aquí estas líneas: el público no puede examinar unos códigos fuente que son secretos. Los ciudadanos no tienen apenas control sobre las tecnologías informáticas propietarias y solo pueden limitarse a poner su confianza ciega en manos de las compañías privadas que las crean, así como a cancelar sus derechos y sus intereses por mor de un contrato privado cuyos términos no son negociables.

   
Los valores del software libre

Como se ha encargado de repetir una y otra vez Richard Stallman, el término ``libre'' en la denominación de software libre se refiere a libertad, no a precio. La aclaración es útil para los angloparlantes, ya que la palabra ``free'' significa, indistintamente, libre y gratuito. Pero es igualmente interesante para todos, ya que, aunque el software libre suele ser gratuito, no tiene por qué serlo. Lo que le define, sin embargo, es que otorga una serie de libertades a los usuarios. Ya las hemos mencionado en varias ocasiones en este escrito: libertad de acceso al código fuente, libertad para modificar ese código, libertad para copiar y libertad para distribuir los programas, generalmente bajo las condiciones de la GPL (Véase lo dicho anteriormente).

Así, pues, el modelo de software libre incorpora valores de libertad negados por el modelo de software propietario. Pero también incluye valores de transparencia y publicidad al hacer el código fuente libremente accesible, y valores de cooperación. Al permitir que dicho código fuente pueda ser libremente accesible y modificable, se comparten conocimientos y se favorece el trabajo en cooperación. Esas mismas características permiten, además, la libre adaptación de las aplicaciones a las necesidades del usuario. El software libre también favorece la libre competencia. Veámoslo brevemente.

Al estar libremente disponibles los códigos fuente de los sistemas operativos, lenguajes de programación, librerías, interfaces de usuario y demás aplicaciones básicas, las empresas pueden desarrollar utilidades y programas basados en ellos compitiendo por ofrecer una mejor calidad.

El poder no está en la información, sino en el control de la información. En el modelo de software propietario, unas pocas compañías controlan la información básica que permite desarrollar aplicaciones de software basadas en ciertos sistemas operativos, lenguajes de programación, APIs y demás. Eso les permite ejercer un severo control sobre los desarrollos de las tecnologías. Y, además, constituye una estrategia crucial para la construcción de monopolios y para la eliminación de la competencia.

El modelo de software libre, por el contrario, permite que esa información básica y crucial no sea propiedad y secreto comercial de una única compañía, sino que está libremente disponible para todos, incluidas las empresas que compiten en el desarrollo de productos rivales. La libre competencia está asegurada y las prácticas monopolísticas son prácticamente imposibles.

Con todas estas características juntas, se entiende que el software libre otorgue a los usuarios más poder, mucho más poder, que el software propietario. Si el código es ley en el ciberespacio, los usuarios pueden controlar mucho mejor la regulación si el software es libre que si es propietario. Los ciudadanos internautas pueden controlar las regulaciones incluidas en los estándares y protocolos abiertos y libres: pueden conocerlas abiertamente, criticarlas, intentar modificarlas, etc. El software libre favorece la creación de plazas públicas en las que tengan lugar procesos de deliberación pública y se promocionen los intereses públicos por encima de los estrechos intereses privados comerciales.

En otras palabras, el software libre favorece la extensión de las libertades individuales y del interés público, favorece los procesos democráticos.

En el libro citado, Lessig pone de relieve otra ventaja del software libre. Al gobierno le resulta más fácil domesticar o aliarse con un puñado de compañías comerciales con fuertes intereses económicos y, así, establecer regulaciones indirectas a través de sus códigos propietarios. Pero sería mucho más difícil hacer lo mismo con una multitud dispersa de programadores de código abierto y libre. Este, pues, viene a representar el papel que las tradicionales libertades liberales han jugado como protección de los individuos ante el poder centralizado del estado. Según sus propias palabras, ``el código abierto puede funcionar como un mecanismo de control del poder del Estado''.


Documentación recomendada

  • Lawrence Lessig. El código y otras leyes del ciberespacio. Grupo Santillana de Ediciones, Madrid, 2001. Este grupo editorial incluye a las editoriales Aguilar, Alfaguara, Altea y Taurus, que tienen sedes en Buenos Aires, México D. F. y Santa Fe de Bogotá.
  • Lawrence Lessig. Cyberspace's Architectural Constitution. Conferencia pronunciada en el www9, Amsterdam, Holanda, 1999. El autor explica cómo la arquitectura informática de la red constituye una especie de carta constitucional del ciberespacio y cómo esa arquitectura está cambiando en nuestros tiempos para permitir un mayor control de la información.
  • Lawrence Lessig. Open Code and Open Societies: Values of Internet Governance. Sibley Lecture, University of Georgia, Athens, Georgia, 16-02-99. El autor discute cómo el código informático y la regulación del ciberespacio incorpora valores sociales, y discute algunos ejemplos.
  • Lawrence Lessig. The Limits in Open Code: Regulatory Standards and the Future of the Net. Conferencia pronunciada en el Simposio sobre Comercio Electrónico. Berkeley Technology Law Journal, Vol. 14:759, 1999. Este ensayo examina los efectos del software de código abierto sobre la capacidad del gobierno para regular la red. Afirma que el uso del software de código fuente abierto en el espacio de aplicaciones de internet restringe el poder del gobierno para regular la red.
  • Free Software Foundation. Categories of Free and Non-Free Software. Free Software Foundation, 23-04-98. Una explicación de los diferentes términos y conceptos aplicados al software: software libre, software de fuente abierta, software de dominio público, software con copyleft, software propietario, freeware, shareware, software comercial, etc.
  • Free Software Foundation. What is Copyleft?. Free Software Foundation, 24-05-98. Qué es el copyleft y por qué el software libre utiliza esta original forma de copyright.
  • Richard Stallman. Por qué el software debería ser libre. Free Software Foundation, 24-04-92. El autor discute las premisas y los argumentos que justifican el software propietario y su posición favorable al software libre.
  • David Bollier. The Power of Openness. Why Citizens, Education, Government and Business Should Care About the Coming Revolution in Open Source Code Software. A Critique and a Proposal for the h3O Project. Berkman Center for Internet and Society, 10-03-99. Un ambicioso proyecto para promover un movimiento en pro del software de código fuente abierto que supere las limitaciones de la actual situación.
  • Working group on Libre Software. Free Software / Open Source: Information Society Opportunities for Europe? Diciembre 1999. El software libre permite el desarrollo de nuevos modelos de desarrollo de software y puede tener consecuencias muy positivas para la sociedad de la información en Europa. Documento elaborado por un grupo de trabajo de la Comisión Europea4.

Notas

1 El código y otras leyes del ciberespacio, Grupo Santillana de Ediciones, Madrid, 2001. Este grupo editorial agrupa a las editoriales Aguilar, Alfaguara, Altea y Taurus, que tienen sedes en Buenos Aires, México D.F. y Santa Fe de Bogotá.
2 Afirmar que la tecnología informática no es neutral en valores no es, forzosamente, lo mismo que afirmar que la tecnología sirve necesariamente a ciertos intereses de clase.
3 Aportaré un artículo mío titulado ``Tu programa no es tuyo'', publicado en Las Noticias [en la ReD], 21 julio 1999.
4 No dispongo en estos momentos del URL de este documento. Si alguna persona está interesada en el mismo, puede ponerse en contacto conmigo.